Comisión
para el Desarrollo Sustentable.
La
Comisión para el Desarrollo Sustentable, CDS, es el órgano político que
surgió de la reunión de Río de Janeiro en 1992, encargada de supervisar
los avances y cumplimientos de los acuerdos firmados por los gobiernos
durante la Cumbre de la Tierra y los acuerdos surgidos durante la misma.
Convenio
de Basilea para el Control de los Movimientos Transfronterizos de Desechos
Peligrosos y su Eliminación.
La
decisión 11/12, adoptada durante el segundo encuentro, realizado entre el
21 y el 25 de marzo
de 1994, en Ginebra, prohíbe " de inmediato todos los movimientos
transfronterizos de desechos peligrosos de Estados miembros de la OCDE
(Organización de Países de Desarrollo Económico) a Estados que no
forman parte de esa organización destinados a su eliminación
definitiva". Sólo permite tales movimientos hasta el 31 de diciembre
de 1997, únicamente en casos destinados a operaciones de reciclaje y
recuperación.
Convención
sobre el Comercio Internacional de las Especies Amenanzadas de Fauna y
Flora Silvestre.
Contiene
varias obligaciones para los Estados parte orientadas a la protección de
determinadas especies de flora y fauna silvestre. Reglamenta en forma
estricta la exportación e importación de ejemplares de especies en
peligro de extinción, o de especies cuyo comercio internacional
irrestricto pudiera llevarlas a este estado. Además contempla la
posibilidad de realizar la exportación e importación de dichos elementos
faunísticos o florísticos sólo bajo circunstancias excepcionales y
previo cumplimiento de exigencias específicas.
Enmienda
al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar
(SOLAS), de 1974 y sus Protocolos de 1978 y de 1988 y Enmienda de dichos
Protocolos.
En
el año 1974 se adoptó el Convenio Internacional para la Seguridad de la
Vida Humana en el Mar, conocido bajo la sigla SOLAS, habiendo firmado
Protocolos adicionales en los años 1978 y 1988.. Adicionalmente , en la
Ley de Navegación se establece que toda nave que transporte pasajeros
deberá estas provista de los equipos de seguridad que exige esta
Convención.
Convenio
Internacional Relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de
Accidentes que causen una Contaminación por Hidrocarburos.
Con
fecha 29 de noviembre de 1969, en Bruselas, fue adoptado el "Convenio
Internacional Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de
Accidentes que Causen una Contaminación por Hidrocarburos", el cual
entro en vigor el 6 de mayo de 1975. El objeto de este convenio es
permitir que los Estados tomen en Alta MAR "las medidas necesarias
para prevenir, mitigar o eliminar todo peligro grave o inminente contra su
litoral o intereses conexos, debido a la contaminación o amenaza de
contaminación de las aguas del Mar por hidrocarburos, resultantes de un
accidente marítimo u otros actos relacionados con ese accidente, a los
que sea razonablemente atribuibles consecuencias desastrosas de gran
magnitud". Por su parte, con fecha 2 de noviembre de 1973, en
Londres, fue hecho el "Protocolo Relativo a la Intervención en Alta
Mar en Casos de Contaminación por Sustancias Distintas de los
Hidrocarburos", el cual entró en vigor en 1983.
Comisión
Binacional de Cooperación Económica e Integración Física.
Con
ocasión del Tratado de Paz y Amistad entre Chile y Argentina se creó la
Comisión Binacional de Cooperación Económica e Integración Física
entre ambas naciones. Asimismo, con fecha 2 de agosto de 1991 se
suscribió entre ambos países un tratado sobre Medio Ambiente cuyo
objetivo es "emprender acciones coordinadas o conjuntas en materia de
protección, preservación, conservación y saneamiento del medio ambiente
e impulsar la utilización racional y equilibrada de los recursos
naturales, teniendo en cuenta el vínculo existente entre medio ambiente y
desarrollo".
En el mismo Tratado se creó, en ámbito de la Comisión Binacional, una
Subcomisión de Medio Ambiente para promover, coordinar y efectuar el
seguimiento de la ejecución del Tratado y de los Protocolos específicos.
En forma conjunta a
la firma del tal Tratado se firmaron Protocolos específicos relativos a:
recursos Hídricos Compartidos y Protección del Medio Ambiente
Antártico. Por otra parte, con igual fecha se firmó el Acuerdo de
Complementación Económica con Argentina, uno de cuyos Protocolos se
refiere al Transporte Terrestre, Marítimo y Aéreo.
Convención
de las Naciones Unidas Sobre el Derecho del Mar.
Sus
objetivos son establecer un orden jurídico nuevo y amplio para los mares
y océanos. Contiene normas importantes sobre el medio ambiente, en
especial sobre la contaminación del medio marino.
Convención
Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.
Fue
adoptada el 9 de mayo de 1992, en la sede de Naciones Unidas en Nueva York,
en respuesta a una inquietud general surgida en la década del 80 a partir
de datos científicos que preveían
un posible cambio climático, permanente e irreversible, a escala mundial,
como consecuencia de un aumento en las concentraciones de CO2 y de otros
gases provenientes de actividades industriales y agrícolas.
Los países partes de esta convención, tanto desarrollados como en
desarrollo, se comprometen a:
-
Presentar
a la Convención inventarios de emisiones de Gases de Efecto
Invernadero (GEI) por fuente y absorción por sumideros.
-
Desarrollar
programas nacionales para mitigar el cambio climático y adaptarse a
los potenciales efectos.
-
Fortalecer
la investigación científica y técnica, y la observación del
sistema climático, y fomentar el desarrollo de tecnologías,
prácticas y procesos para controlar, reducir o prevenir las
emisiones antropogénicas de los GEI.
-
Promover
programas de educación y sensibilización pública acerca del
cambio climático y sus efectos.
Además,
los países desarrollados acordaron una serie de compromisos adicionales,
tales como:
-
Adoptar
políticas para reducir las emisiones de GEI al año 2000,
estabilizándolas a los niveles de 1990.
-
Transferir
a los países en desarrollo mayores recursos financieros y
tecnológicos, y apoyar los esfuerzos de éstos por cumplir con los
compromisos de la Convención.
-
Ayudar
a los países en desarrollo que son particularmente vulnerables al
cambio climático a costear sus gastos de adaptación.
La
convención marco fue firmada por 155 países durante la Cumbre de la
Tierra en Río de Janeiro en junio de 1992. En diciembre de 1993, se
completó el número mínimo de ratificaciones necesarias (50) para que
ésta entrara en vigor, hecho que específicamente ocurrió el 21 de marzo
de 1994.
Protocolo
de 1978 Relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación
por Buques, de 1973.
Este
protocolo se adoptó en LONDRES el 17 de febrero de 1978, y entró en
vigor el 2 de octubre de 1983. Modificó el Convenio para Prevenir la
Contaminación por Buques, de1973, el que nunca entró en vigor tal como
estaba redactado originalmente. Tanto el acuerdo original como su
protocolo se conocen por las siglas Marpol 73/78.
Su objetivo es incrementar y dar mayor eficacia a la prevención y
contención de los actos de contaminación del Mar producida por los
buques, especialmente por los buques tanques y por los hidrocarburos.
Convenio
sobre las Marismas de Importancia Internacional, Especialmente como
Hábitat de Aves Acuáticas.
El
convenio RAMSAR - llamado así comúnmente- pretende detener la ocupación
y desaparición progresiva de las marismas y otros homedales, ahora y en
futuro, reconociendo sus funciones ecológicas fundamentales y su valor
económico, cultural, científico y de recreo.
Convención
Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena.
Sus
objetivos son proteger a todas las especies de ballenas de la caza
excesiva y salvaguardar para las generaciones futuras los importantes
recursos naturales representados por su poblaciones. Asimismo, persigue
establecer un sistema de reglamentación internacional de su caza para
asegurar la conservación y desarrollo apropiado de sus poblaciones.
Mediante esta misma Convención se estableció la Comisión Ballenera
Internacional, encargada de fomentar la investigación, recopilar y
analizar información estadística, y evaluar.
-
CENTRAL ENVIRONMENTAL AUTHORITY, 1992, .Industrial Pollution Control
Guidelines Nº4: Leather Industry., Central Environmental Authority with
technical assistance from the Government of the Netherlands Colombo, Sri
Lanka.
-
2. CEPAL/PNUMA, 1993, .Análisis económico de alternativas no
contaminantes para curtiembre en Chile.
-
EPA,
1982, .Development Document for Effluent Limitations Guidelines and
Standards for the Leather Tanning and Finishing Point Source Category.,
EPA Office of Water, EPA 440/1-82- 016, Washington D.C.
-
EPA,
1986, .Guidance Manual for Leather Tanning and Finishing Pretreatment
Santdards., EPA Industrial Technology Division, EPA
800/R-86-001Washington D.C.
-
EPA,
1988, .Supplemental Development Document for Effluent Limitations
Guidelines and Standards for the Leather Tanning and Finishing., EPA
Office of Water, EPA 440/1-88-016s, Washington D.C.
-
EPA,
1992, .Facility Pollution Prevention Guide., EPA Office of Research
and Development .
-
INTEC-CHILE,
1992, .Análisis y aplicación de Tecnologías en descontaminación
industrial en aire, agua y suelo., pp 80-84.
-
PNUMA/ONUDI,
1994, .Informe Técnico Nº7: Manual de Auditoría y Reducción de
Emisiones y Residuos Industriales., PNUMA.
-
UNEP/IEO,
1991, .Technical Report Series No.4: Tanneries and the Environment-A
Technical Guide., United Nations Environment Programme/Industry and
Environment Office, París.
-
UNEP
IE`s International Cleaner Production Clearinghuose Diskette ICPIC
Version 3.0.
-
Economic
Commission for Europe, 1982, Compendium on Low-and non-waste
Technology: Monograph: Recovery and Re-use of Trivalent Chromium in
the Leather Tanning Industry.,. ENV/WP.2/5/Add.54, Genova.
-
Carta
de las Empresas para un Desarrollo Sostenible (Camara de Comercio
Internacional - Abril de 1991).
-
Libre
Comercio y Medio Ambiente: El Caso de Chile (MINAGRI -1997).
-
Una
Política ambiental para el Desarrollo Sostenible (Comisión Nacional
del Medio Ambiente - Chile).
-
El
Medio Ambiente y los nuevos temas del Desarrollo (Partha Dasgupta -
Karl-Goran Maler, Editorial CIEPLAN).
-
El
Concepto de sustentabilidad: Sus Orígenes, Alcances y Utilidad en la
Formulación de Política. ( John A. Dixon - Louise A. Fallon).
-
Ecología
de Mercado. ( Libertad y Desarrollo; Luis Larrain, Javier Hurtado,
Pedro Ramírez).
-
Guía
ISO 14.000 (Varios Autores - Mac Graw Hill - 1993).
-
Ley
de Bases del Medio Ambiente (Conama - 1994).
-
Implementación
de un Sistema de Gestión Ambiental Certificable ISO 14.001. (Ambar,
Asimet, Conama - 1994).
-
Direcciones
de Internet:
Author:
Rodrigo Rivera R.
Licenciado en Ciencias de la Administración de Empresas
Ingeniero comercial Universidad Central de Chile
E-mail: superarriondas_1@yahoo.com